La fiscal jefa de Rawson, Florencia Gómez, aclaró que la absolución del imputado Lautaro Martínez no tuvo relación con su fallecimiento. “La jueza ya había firmado la sentencia absolutoria antes de conocerse la muerte”, aseguró. Además, detalló que, de haber ocurrido lo contrario, “la causa se habría cerrado por extinción de la acción penal”, pero no fue el caso.
La muerte de Martínez, de 22 años, se constató sobre las 21 horas del lunes, por lo que se abrió una investigación para determinar las causas, con una autopsia que se realizó después del mediodía del martes.
Gómez precisó, en diálogo con Actualidad 2.0, que la fiscalía pidió que se declare la responsabilidad penal de los 8 imputados, pero la jueza le hizo lugar en 6 de los casos, absolviendo los otros 2, incluido Martínez.
Sin embargo, la fiscal aclaró que la resolución judicial no tuvo que ver con el fallecimiento, sino porque la jueza había concluido que no había suficientes pruebas para declarar su responsabilidad penal.
“Si se hubiese relacionado con el fallecimiento de la persona, se determina que se extingue la acción penal. En este caso, la jueza ya había sentenciado previamente, al día de ayer, llegando a la conclusión de absolver a Martínez”, detalló Gómez.
La fiscal explicó que ella había pedido penas para todos los imputados, que en el caso de Martínez ascendía a 4 años de prisión, por entender que había cometido el delito de daño agravado. No obstante, la sentencia lo iba a absolver de esos hechos, ya que “la jueza consideró que no había elementos para atribuirle esos hechos”.
Según indicó Gómez, los imputados fueron identificados “a través de grabaciones de cámaras de seguridad del Superior Tribunal de Justicia, la Procuración General y material producido por la Brigada de Investigaciones”, siendo verificados los fotogramas de ese material.
Por eso, había solicitado penas para todos, que iban desde 20 meses hasta los 6 años de prisión, en la imputación más grave, que conjuga el incendio de un edificio público con hurto agravado.
En cuanto a los pasos siguientes, la fiscal informó que la audiencia de cesura de pena -donde se definirá la condena concreta para los imputados encontrados culpables- podría realizarse el lunes 28 o martes 29 de abril, fechas tentativas que deberá confirmar la Oficina Judicial.
“NO HAY CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA SOCIAL, SINO QUE SE JUZGAN DELITOS”
La fiscal también respondió a quienes cuestionan el juicio como un intento de criminalizar la protesta social: “Acá no se está juzgando una protesta. Se están juzgando hechos delictivos: incendios, daños, hurtos. Protestar es un derecho que tenemos todos. Pero cometer delitos con la excusa de una protesta social, nadie está habilitado a cometer delitos”, afirmó.
Además, rechazó los planteos de presunto espionaje ilegal por parte de la policía: “No hay espionaje. Hay documentación de delitos flagrantes. La policía está habilitada por la ley para hacerlo. Las pruebas fueron legales, claras y se ratificaron con pericias”, enfatizó.
Y señaló que similares argumentos se plantearon en casos similares, que tuvieron protestas legítimas como telón de fondo, pero derivaron en hechos delictivos, especialmente contra bienes públicos, como el incendio de la Casa de Gobierno (cometido también durante la protesta antiminera) o de la Legislatura (durante una manifestación docente).
“Creo que a ningún integrante de la sociedad le agrada ver que se destruyan edificios que son públicos y por lo tanto, propiedad de todos”, aseguró.