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Polémico: ordenan a un médico pagar la cuota alimentaria a su exesposa en situación de vulnerabilidad

 Un fallo judicial de Cipolletti sentó precedente al ordenar a un médico el pago de una cuota alimentaria a su expareja, pese a que el vínculo matrimonial ya se encontraba disuelto. La decisión se basó en la delicada situación económica y de salud que atraviesa la mujer, quien no cuenta con ingresos propios ni condiciones para reinsertarse en el mercado laboral.

La resolución fue dictada por el fuero de Familia de la ciudad y establece que el profesional deberá abonar el 15% de su salario como empleado en relación de dependencia, excluyendo conceptos como viáticos y aportes de ley. Además, deberá pagar otro 15% sobre sus ingresos como médico monotributista, cálculo que se hará en base al tope mensual de su categoría fiscal.

El tribunal consideró que la mujer, quien durante el matrimonio se dedicó a tareas domésticas y a la crianza de los hijos, no solo enfrenta dificultades económicas, sino también problemas de salud que requieren tratamiento. Esta combinación, según el fallo, la coloca en una posición de desventaja estructural, contemplada por el artículo 434 del Código Civil y Comercial de la Nación.

El profesional había argumentado que su exesposa podía mantenerse por sus propios medios y que la demanda representaba un “enriquecimiento sin causa”. Sin embargo, el tribunal desestimó esta postura y evaluó que los gastos que afronta la mujer, como alquiler, alimentación y atención médica, justifican la continuidad de la asistencia económica incluso luego del divorcio.