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Cannabis medicinal: el Gobierno cambió los requisitos para inscribirse en el REPROCANN

 El Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN) es una herramienta clave para garantizar el acceso legal y regulado al cannabis con fines medicinales, terapéuticos y paliativos del dolor.

A través de este sistema, el Estado habilita a pacientes con prescripción médica, y a quienes los cultivan o acompañan, a cultivar, transportar y usar cannabis sin riesgo de sanciones penales, dentro de un marco regulado y supervisado.

Desde su implementación, el REPROCANN fue un alivio para miles de personas que padecen enfermedades crónicas, dolores severos o trastornos que no encuentran solución en los tratamientos tradicionales. Sin embargo, en las últimas hora se conocieron algunas modificaciones que realizó el Gobierno Nacional al programa. Así se conoció en la Resolución 1780/2025, publicada en el Boletín Oficial.

La medida deroga una resolución ministerial previa que imponía limitaciones en el acceso al registro y establece un nuevo marco para reorganizar los criterios de inscripción.

Desde el Ministerio de Salud señalaron que la decisión busca corregir los “efectos adversos del sistema tal como actualmente se encuentra regulado” y poner orden ante el “uso indebido y abusivo de las herramientas que dispone la normativa”. Por eso, el nuevo esquema propone un reordenamiento normativo que se adapta mejor a la realidad de los usuarios y de los proyectos científicos que han ganado relevancia en los últimos años.

A partir de ahora, la norma divide el REPROCANN en dos grandes grupos de habilitaciones:

1. Permisos para cultivo con fines terapéuticos: Paciente que autocultiva Familiar del paciente Tercero autorizado Organización civil con permiso oficial
2. Proyectos de investigación: Personas físicas o jurídicas que desarrollen investigación o innovación en el marco de la Ley 27.350

QUIÉNES PUEDEN INSCRIBIRSE BAJO LA NUEVA REGULACIÓN

Según mencionaron, podrán inscribirse usuarios con indicación médica, cultivadores habilitados para uso terapéutico y organizaciones que participen en investigaciones y desarrollos científicos vinculados al cannabis.

Cabe recordar que los médicos que prescriban cannabis deberán estar inscriptos en la Red Federal de Profesionales de la Salud (REFEPS) y contar con formación específica en tratamiento e investigación con cannabis medicinal. Esa capacitación deberá estar respaldada por títulos o certificados oficiales. Además, la normativa exige que los profesionales registren su firma digital ante el Ministerio de Salud para validar sus prescripciones dentro del sistema REPROCANN.

Con información de Ámbito e Infobae, redactada y editada por un periodista de ADNSUR