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Apelaron el fallo que autorizó a Cristina Kirchner a votar en las elecciones de octubre

 Cristina Fernández de Kirchner enfrenta un nuevo capítulo judicial, esta vez vinculado a su derecho al voto. Es que ahora, la Cámara Nacional Electoral (CNE) será la encargada de resolver si la exvicepresidenta podrá participar en las elecciones legislativas, luego de que el fiscal Julio César Zárate apelara el fallo del Juzgado Federal de Río Gallegos que la había mantenido en el padrón electoral.

La expresidenta de la Nación fue condenada a seis años de cárcel e inhabilitación perpetua por administración fraudulenta, en el marco de la causa Vialidad.

El Código Penal detalla que la inhabilitación incluye “la privación del derecho electoral”, mientras que el Código Nacional Electoral excluye del padrón a “los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena”.

Sin embargo, hace poco más de una semana, la jueza federal subrogante Mariel Borruto había declarado la inconstitucionalidad de los artículos 12 y 19 -inciso 2- del Código Penal, y del artículo 3 inciso “e” del Código Nacional Electoral.

Por lo que la jueza decidió “mantener la situación registral de la ciudadana Fernández como electora activa” en Santa Cruz, únicamente para que pueda “ejercer su sufragio”, según se desprende del fallo al que accedió Infobae.

“Privar el derecho a votar infringe los estándares de nuestro más alto tribunal, ello sin perder de vista que las normas cuestionadas no superan los estándares de legalidad, necesidad y proporcionalidad, exigidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, resolvió la magistrada que subroga el Juzgado de Río Gallegos.

LA APELACIÓN

En las últimas horas, el fiscal Julio César Zárate presentó una apelación contra una decisión previa del Juzgado Federal de Río Gallegos, que la había mantenido en el padrón.

Por lo que a partir de ahora, la cuestión será definida por los jueces Daniel Bejas (presidente de la CNE), Alberto Ricardo Dalla Via y Santiago Hernán Corcuera.

De acuerdo al cronograma electoral, la impresión y publicación del padrón definitivo debe hacerse 40 días antes de las elecciones generales, es decir, el 16 de septiembre. Luego hay un plazo de diez días más para “subsanar errores u omisiones existentes en el padrón”.

LOS PRECEDENTES

La jueza, para sustentar su decisión en favor de que la expresidenta pueda votar en las próximas elecciones legislativas, mencionó dos casos como precedente. El caso Zelaya y el Orazi.

El primero fue en 2022, cuando la Cámara Federal de Casación Penal le permitió votar a un hombre que cumplía prisión domiciliaria tras recibir una condena firme de seis años de cárcel e inhabilitación por el delito de tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización agravada.

No obstante, el caso de la exmandataria tiene matices, ya que es otra la consideración que podría tener la Cámara Nacional Electoral al tratarse de una causa de corrupción. Este es uno de los argumentos centrales en la apelación del fiscal Zárate.

La cuestión será definida por los jueces Daniel Bejas (presidente de la CNE), Alberto Ricardo Dalla Via y Santiago Hernán Corcuera.

El otro precedente que utilizó la jueza Borruto es el del caso “Orazi”, sobre el que falló primero la CNE y luego la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La Cámara Nacional Electoral había declarado la inconstitucionalidad del artículo 3, incisos e, f y g, del Código Electoral Nacional y de los artículos 12 y 19, inciso 2, del Código Penal, por prever la privación automática del derecho electoral a los condenados.

En ese fallo, la Cámara resolvió que la inclusión de condenados en el padrón de electores exige que el Poder Legislativo sancione un nuevo marco reglamentario y requirió al Congreso que revise “a la mayor brevedad posible” la legislación vigente.

La Corte Suprema confirmó esa sentencia, y advirtió que -para ese entonces- ya habían pasado más de cinco años y el Congreso Nacional no había avanzado con ningún proyecto para resolver los grises en el derecho al voto de quienes tienen una condena firme.