La confianza es uno de los pilares invisibles pero fundamentales en cualquier vínculo humano. Confiamos cuando dejamos nuestras pertenencias al cuidado de alguien, cuando entregamos llaves, información o decisiones importantes a quienes consideramos cercanos. Esa confianza, muchas veces, se construye en base a años de convivencia, afecto o necesidad, pero que se puede echar a perder rápidamente.
Los casos de traición por parte de personas del entorno cercano suelen ser los más difíciles de comprender. No solo por el daño material o físico que pueden causar, sino porque rompen un lazo de seguridad y expectativa emocional. Esa doble herida, la del perjuicio y la del engaño, deja a las víctimas en un estado de profundo desconcierto.
En Trelew, una mujer vivió en carne propia esa experiencia tras dejar su casa al cuidado de una persona de confianza mientras atravesaba una internación médica. Sin embargo, al regresar se llevó una gran sorpresa, todo terminó de la peor manera y con la intervención de la justicia.
Durante una audiencia de apertura de investigación realizada en los tribunales de Trelew, se abordó una denuncia por usurpación de vivienda, presentada por la propietaria de un inmueble ubicado en un barrio residencial de la ciudad. La mujer había estado internada en Puerto Madryn por cuestiones de salud y, en ese contexto, dejó su casa al cuidado de alguien en quien confiaba.
Sin embargo, al regresar, se encontró con una situación insólita. Otra persona estaba viviendo en su casa y aseguraba haberla comprado legalmente por seis millones de pesos. Incluso había puesto los servicios a su nombre y realizado refacciones en la propiedad.
La defensa de la nueva ocupante presentó un boleto de compra-venta firmado en agosto de 2024. Pero la fiscal Verónica Alabart afirmó que el documento era apócrifo, ya que fue firmado por una persona que no era el titular del inmueble y que hasta el momento no pudo ser ubicada. La vivienda, además, tiene características que hacen dudar del valor declarado en la transacción: dos habitaciones, dos baños, uno adaptado para personas con discapacidad y un amplio living comedor.
En este marco, la jueza Ivana González intervino en la causa y consideró que el caso configuraba un “exterionato”, una figura legal que implica vender como propio un bien ajeno mediante abuso de confianza y engaño. En este sentido, destacó que la intervención de la compradora y la facilidad con que accedió a servicios y mejoras, reflejaban una connivencia con quien originalmente debía cuidar la casa.
Ante esto, el fallo determinó la apertura de la investigación formal con la calificación legal de usurpación (art. 181 inciso 1° y 45 del Código Penal). Además de la orden de desalojo voluntario en un plazo de diez días hábiles. Pero en caso de no cumplirse, debería ejercerse por la fuerza pública.
Gacetilla de información del Ministerio Público Fiscal, con edición de un periodista de ADNSUR