En el marco de la causa Vialidad, los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola solicitaron este lunes al Tribunal Oral Federal N°2 una serie de medidas clave para avanzar en el cumplimiento efectivo de las condenas. Pidieron extender las restricciones patrimoniales que pesan sobre Lázaro Báez a todos los involucrados en la causa.
La medida tiene como objetivo garantizar el decomiso de bienes dispuesto en el fallo judicial que condenó a varios exfuncionarios y empresarios por corrupción en la obra pública durante el kirchnerismo. En el escrito presentado ante el tribunal, los fiscales enfatizaron la necesidad de actuar con celeridad para preservar el patrimonio que podría ser objeto de recuperación por parte del Estado.
“No en vano, este Ministerio Público Fiscal viene insistiendo, a través de las distintas presentaciones realizadas ante el tribunal, en que se adopten en tiempo oportuno los recaudos del caso, para asegurar el recto cumplimiento de la orden de decomiso librada por los jueces”, señalaron Luciani y Mola en el documento.
Las restricciones a las que se refieren implican que los condenados no podrán vender, transferir o realizar operaciones legales que modifiquen el estado de sus bienes, hasta tanto se ejecute el decomiso ordenado en la sentencia.
Este pedido se suma a una serie de medidas impulsadas por la fiscalía para evitar maniobras que dilaten o entorpezcan la ejecución del fallo, en una causa que tuvo fuerte repercusión política y judicial desde su inicio.
EL FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CONTRA CRISTINA KIRCHNER
La Corte Suprema confirmó el pasado martes 10 de junio la condena por corrupción contra Cristina Kirchner en la causa conocida como Vialidad, centrada en el direccionamiento de obras públicas viales a favor del empresario Lázaro Báez en la provincia de Santa Cruz, durante los gobiernos kirchneristas.
El máximo tribunal, integrado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó cada uno de los argumentos del recurso de queja presentados por la ex mandataria y sostuvo que “el debido proceso ha sido salvaguardado” y que “la encausada obtuvo una sentencia fundada en ley”. Además, se ratificó su inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
La Corte también dejó firme la absolución por el delito de asociación ilícita, al desestimar el recurso del Ministerio Público por considerarlo “inadmisible” según el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial.
Cabe recordar que en 2022, Cristina Kirchner fue condena por el delito de administración fraudulenta por las irregularidades en la obra pública que recibió el empresario Lázaro Báez.
Con información de TN, redactada y editada por una periodista de ADNSUR