Los fallos judiciales en casos de abuso sexual suelen estar en el centro del debate público, sobre todo cuando las penas impuestas no incluyen prisión efectiva.
La tensión entre el cumplimiento estricto de la ley, las pruebas disponibles y la expectativa social de castigo genera reacciones encontradas tanto en la opinión pública como en ámbitos judiciales y legislativos.
En muchos casos, la reducción de una condena o la aplicación de una pena en suspenso es vista por sectores de la sociedad como una señal de impunidad o de desprotección hacia las víctimas. Sin embargo, para los jueces, estos fallos suelen basarse en criterios técnicos: la falta de agravantes, la ausencia de antecedentes penales o los límites establecidos por el Código Penal.
Este escenario vuelve a estar sobre la mesa tras una reciente decisión judicial en Chubut, donde un hombre condenado por abuso sexual simple vio reducida su condena de dos años y medio a seis meses condicionales. Aunque el tribunal confirmó su culpabilidad, consideró que no había elementos suficientes para sostener una pena mayor.
Cabe recordar que el hecho ocurrió el 26 de febrero de 2023, a las 5:30 de la madrugada, en la localidad de Sarmiento. De acuerdo con el expediente, el acusado, identificado por sus iniciales J.M.R.M., escaló un paredón e ingresó sin autorización a la vivienda de la víctima, accediendo por una puerta trasera. La mujer dormía al momento del hecho y fue despertada por ruidos. Al salir de su habitación, se encontró con el agresor dentro de su casa.
La causa fue tratada bajo la Ley de Protección Integral a las Mujeres (N.º 26.485), que contempla la violencia sexual como una de sus formas. En primera instancia, el hombre fue condenado a dos años y medio de prisión. Sin embargo, tras la apelación, la Cámara Penal de Comodoro Rivadavia resolvió que no se habían acreditado agravantes adicionales, más allá de que el episodio sucedió durante la noche, y que el acusado no contaba con antecedentes penales, por lo que la pena fue reducida a seis meses de prisión condicional, es decir, no efectiva.
Los jueces de la Cámara evaluaron que existían indicios claros y coherentes para confirmar la autoría del delito, pero al revisar la sentencia, concluyeron que la pena original debía ajustarse a lo estrictamente probado. De ese modo, decidieron reducirla, otorgando al condenado una pena en suspenso, lo que implica que no irá a prisión salvo que reincida.
Gacetilla de información del Ministerio Público Fiscal, con edición de un periodista de ADNSUR